Verdades y mentiras en WhatsApp sobre normas de tránsito

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lunes, 18 de septiembre de 2017 caracol.com.co

Está circulando por ese medio una lista de afirmaciones sobre las sanciones a que se exponen los conductores por violar normas de tránsito.

Hay tantas mentiras como verdades. Se incurre en omisiones y exageraciones importantes. Con la descripción técnica de las normas se busca confundir.

Lo que se dice en el WhatsApp y lo que responde la autoridad de tránsito:

  1. “Las patrulleras de tránsito las crearon para cumplir cuotas de comparendos pescando en la ambigüedad de la norma y el desconocimiento de la gente”.

El general Ramiro Castrillón, explicó:

“Nosotros nunca hemos exigido cuotas y así se seguirá haciendo, si el policía de tránsito encuentra a 100 personas infringiendo la norma, se sanciona.

Pero si el policía en su turno encuentra solo un infractor pues a éste se le aplicará la norma”.

  1. “El extintor DEBE ser de 5 libras y DEBE estar en el interior de la cabina del carro. No en el baúl”.

Mentira.

La ley 769 Código Nacional de tránsito en el artículo 30, habla sobre portar el equipo de carretera y hace referencia al extintor, pero no menciona el lugar donde debe ir.

  1. Ningún tipo de manos libres, alámbricos o inalámbricos son permitidos. Así esté parqueado con estacionarias, son dos multas: Usar celular y estacionar en vía pública. No lo creía y mi vecino de silla estaba ahí por eso.

Mentira.

El código prohíbe: “Usar sistemas móviles de comunicación o teléfonos instalados en los vehículos al momento de conducir, exceptuando si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres”.

  1. “Debe llevar en la (Guantera) un chaleco reflectivo y una linterna funcionando. Tampoco vale en el baúl”.

Mentira.

El Código establece que ningún vehículo podrá transitar sin portar el equipo de carretera como mínimo. No se menciona el chaleco reflectivo; sí aparece en el numeral 9 la linterna, pero no menciona el lugar donde se debe llevar.

 

  1. Debe llevar un botiquín mínimo y un par de herramientas sencillas como alicate y dos destornilladores”.

Verdad.

La Ley establece que ningún vehículo podrá transitar por las vías del territorio nacional, sin portar el equipo de carreteras como mínimo.

El numeral 4 relaciona “un botiquín de primeros auxilios” y el 7 relaciona “caja de herramienta básica que como mínimo deberá contener: Alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas”.

  1. Si usted va de fiesta, así no se haya tomado ni un solo trago, si lo paran y hay alguien en el carro con un trago o botella en la mano o en la cabina, la multa por alcohol es para usted.

Licor solo se puede transportar en el baúl del carro”.

Mentira.

La Ley dice en el artículo 1: “Tiene como objeto establecer las sanciones penales y administrativas a la conducción bajo el influjo del alcohol u otras sustancias psicoactivas”. Es aplicable exclusivamente al ciudadano que ejerce la conducción de vehículos.

  1. “Es prohibido el uso de pantallas y porta-celulares como para usar Waze. Qué pasa con los carros que lo traen incorporado”.

Verdad.

El Código en el artículo 131 establece que: “Los infractores de las normas de tránsito serán sancionados con las imposición de multas de acuerdo con el tipo de infracción (…) “De igual forma utilizar pantallas, protectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos, mientras este en movimiento”.

El uso de sistemas de posicionamiento no está prohibido en la norma, sin embargo se recomienda que sean manipulados por el copiloto o acompañantes para evitar distracciones cuando se conduce.

8.“ En la silla del copiloto solo se puede sentar alguien mayor de 10 años. Si lo paran y dicen que debe ser mayor de 12, cite el artículo 82”.

Verdad.

El artículo dice que en el asiento delantero de los vehículos solo podrán viajar, además del conductor, una o dos personas de acuerdo con las características de ellos.

En el párrafo segundo establece lo siguiente:

“Los menores de 10 años no podrán viajar en el asiento delantero del vehículo”.

  1. Si su pase es mixto (Particular y Público, antigua categoría 5), y ya se venció la categoría de público, usted puede seguir usando su pase pero solo como particular.

Los patrulleros lo van a intentar multar por eso”.

Verdad.

Si se tiene una licencia de conducción mixta, y una de las dos se vence podrá seguir ejerciendo la actividad de conducción en la categoría que se encuentre vigente. Las autoridades de transito impondrán la orden de comparendo a quien incumpla la norma.

  1. Si alguien en el carro no lleva el cinturón de seguridad, la multa es para el conductor.

Verdad.

El artículo 82 del código lo establece:

“En el asiento delantero de los vehículos, solo podrán viajar, además del conductor, una o dos personas de acuerdo con las características de ellos. Es obligatorio el uso del cinturón de seguridad por parte del conductor y de los pasajeros ubicados en los asientos delanteros del vehículo en todas las vías del territorio nacional, incluyendo las urbanas”.

El mismo en el párrafo tercero establece:

“A partir de los vehículos fabricados en el año 2004, se exigirá el uso de cinturones de seguridad en los asientos traseros, de acuerdo con la reglamentación que sobre el particular expida el Ministerio de Transporte”.

Y en el artículo sobre multas:

El directo responsable del cumplimiento de las normas de tránsito es el conductor.

  1. Está PROHIBIDO manejar con gafas de sol. Estúpido, pero es verdad. Está en la norma.

Mentira.

El manual de infracciones no establece multa para las personas que conducen con gafas de sol, se recomienda que en horas nocturnas no utilicen estas gafas porque disminuyen la visibilidad generando accidentes.

El texto fue analizado y contestado por el director nacional de tránsito de la Policía, general Ramiro Castrillón.

Frente a lo primero que se dice en esta cadena:

“Las patrulleras de tránsito las crearon para cumplir cuotas de comparendos pescando en la ambigüedad de la norma y el desconocimiento de la gente”, el general Ramiro Castrillón, explicó:

“Nosotros nunca hemos exigido cuotas y así se seguirá haciendo, si el policía de tránsito encuentra a 100 personas infringiendo la norma, se sanciona. Pero si el policía en su turno encuentra solo un infractor pues a éste se le aplicará la norma”.

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